En primer lugar la pregunta nos la plantea Miguel Ángel desde el seno de
una Asociación de Voluntarios cuyo objeto de actuación es la Protección Civil.
Para empezar hay que distinguir entre lo que es una Asociación de
Voluntarios y una Agrupación Local de Voluntarios.
En el caso de una Asociación, entendemos que se trata de una entidad sin
ánimo de lucro, de carácter privado que tiene, según hemos dicho, como objetivo
el apoyo en tareas de prevención y emergencia propias de los riesgos de
Protección Civil si así lo establecen sus estatutos y cuyo entorno de
organización estaría vinculado a las normas de Derecho Civil correspondientes a
los derechos de asociación.
Estructuralmente dependerá de la propia organización que marquen sus
estatutos de constitución a través de los órganos que se establezcan por los
mismos y que pueden ser revisados, actualizados o cambiados por la Asamblea
General, órgano que debe existir en todo tipo de Asociación.
En el caso de una Agrupación Local,
entendemos que es una entidad perteneciente a un Ayuntamiento que como
Administración Local, está incluida dentro de las estructuras publicas de
organización de la misma e informada por el Derecho Administrativo.
La
Agrupación dependerá directamente del Alcalde o los órganos en los que delegue
para tal fin (Concejalía, Funcionario Coordinador u órgano similar) y se
organizará de acuerdo a su Reglamento (en el caso de que exista) y en su
defecto por la normativa territorial (algunas Comunidades Autónomas han
considerado oportuno tener reglamentada la organización de las Agrupaciones
Locales) o la legislación de organización de las Administraciones locales.
Hay que comentar que respecto a los Voluntarios en uno y otro caso, la
vinculación a las mismas además de los respectivos Estatutos (en el caso de
Asociaciones) y Reglamentos (en el caso de Agrupaciones), su régimen jurídico
personal está protegido por la legislación referente al Voluntariado Social que
existe a nivel nacional y que puede existir en cada Comunidad Autónoma (en la
nuestra sí existe, desconocemos si en Extremadura hay una ley del voluntariado).
Por lo que en lo referente a los derechos y obligaciones del Voluntario tanto
en una Asociación, como en una Agrupación, han de estar reflejados los
correspondientes a cualquier otro tipo de Voluntario Social.
¿Cómo pueden participar o
participan una y otra en los planes y organización de protección civil?
Recordemos que la protección
civil está considerada un servicio público y, por lo tanto, corresponde a las
Administraciones públicas su organización, integradas de acuerdo a los
distintos niveles de responsabilidad que marcan los diferentes planes públicos
de protección civil, ya sean de carácter territorial o de carácter especial.
Por tanto la participación en la
gestión ya sea en planificación o en operatividad, de protección civil de las
asociaciones, en cuanto entidades privadas, han de estar circunscritas a
aquellas situaciones en que la correspondiente administración las autorice y/o
solicite.
Mientras que la participación de las agrupaciones en la misma, se
desarrolla dentro de la propia dinámica de gestión de protección civil asignada
por las funciones y competencias que la propia entidad local les haya dado,
como un órgano y cuerpo más de la organización administrativa, eso sí, servidas
por Voluntarios en el caso de una Agrupación local de Voluntarios, normalmente
dentro del servicio de Protección Civil y/o Seguridad Pública correspondiente.
Ahora bien, el ámbito geográfico
de actuación de una y otra también pueden diferir, en el caso de la Asociación,
serán sus propios estatutos los que enmarquen el ámbito geográfico de
actuación, que puede ser local, regional, estatal o, incluso, internacional.
En el caso de una Agrupación local será el ámbito del propio término
municipal del Ayuntamiento que se trate, salvo que sea una Agrupación de Ayuntamientos
mancomunados.
¿Quiere esto decir que las Agrupaciones locales no pueden realizar tareas
de Protección Civil fuera de su término municipal?
Esto no es así exactamente,
aquí hay que aplicar el principio constitucional de autonomía del que gozan las
Entidades Locales para la gestión de sus intereses, entre los que se incluye de
forma inequívoca la protección civil.
En aplicación de este principio, los
Ayuntamientos son dueños, dentro del nivel de emergencia que se establezca en
los distintos planes, que según la Norma Básica de Protección Civil, siempre
que se trate de una emergencia local de organizar sus medios y recursos de la
forma que estimen conveniente y de acuerdo a las exigencias de integración en
otros planes superiores.
¿Esto quiere decir que los Ayuntamientos tienen que utilizar en exclusiva
sus medios y recursos para dar respuesta a emergencias y eventos que se
encuentren dentro del ámbito de su dirección?
Evidentemente no, aunque los
Ayuntamientos se encuentren responsabilizados de la dirección de una
emergencia, pueden recabar apoyo de otras entidades, tanto públicas como
privadas para la gestión de sus intereses y de acuerdo a los regímenes de colaboración y contratación posibles
dentro de la legislación vigente.
Y dentro de este tipo de
colaboraciones se encuentra perfectamente definido en la Ley del régimen de
funcionamiento de las administraciones públicas la de colaboración y apoyo de
unas administraciones con y en otras, por lo que cabe perfectamente que un
Alcalde, como presidente de la Entidad Local, pueda recabar apoyo de otro
Ayuntamiento distinto al suyo en el régimen de colaboración que se establezca.
Es decir, cualquier Agrupación puede, siempre que sea solicitada por un
Ayuntamiento, realizar tareas de apoyo en dicha localidad, con la
correspondiente autorización de su Alcalde o Jefe correspondiente si está
autorizado para ello, lo que suele ser, en la práctica la forma más común para
agilizar el funcionamiento.
Y lo mismo decimos para el caso de una Asociación.
Son los directores de los
planes, (Ayuntamiento, Comunidad Autónoma o Estado), en cada caso, los que
pueden recabar el apoyo de una entidad privada para la gestión de sus
intereses, entre los que se encuentra la protección civil con las entidades que
estimen oportuno en el régimen de colaboración o contratación que consideren
siempre que sea de acuerdo a derecho.
En uno y otro caso, lo que ocurrirá es que la
Agrupación o Asociación que se trate, se integrará en los servicios de
protección civil y emergencias correspondientes y estarán a las órdenes del
oportuno Alcalde o los Jefes correspondientes en los que éste delegue los
distintos cometidos para la gestión del evento o emergencia.
Por lo tanto concluimos que es perfectamente lícito y está absolutamente
formalizada la colaboración de una Agrupación local en la gestión de los
riesgos y emergencias de otra localidad, sin otro requisito que la solicitud de
la entidad que se beneficia del apoyo y de la autorización de las Autoridades
locales de quienes dependen.
Es más, nosotros apoyamos y
colaboramos con multitud de Ayuntamientos de nuestra Comunidad y de otras
comunidades, cuando somos requeridos por el Alcalde correspondiente o por una
entidad en particular, como sucede con instituciones oficiales, como puede ser
la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, hoy cerrada, o la Escuela
Nacional de Protección Civil, para el desarrollo de distintos cursos de
formación, cuando somos solicitados y podemos aportar nuestro granito de arena.
En cuanto a las formas pueden
ser variadas y siempre de acuerdo a las normas de colaboración establecidas.
La más común es la solicitud
particular para los distintos eventos, ya sea mediante fax o correo electrónico
dirigido al Alcalde, Concejal Delegado o Jefe de Servicio (siempre de acuerdo a
la organización particular de cada Ayuntamiento) por su homónimo de la
localidad que solicita la ayuda.
También puede ser formalizada la ayuda mediante la firma de un Convenio
de Colaboración entre las entidades afectadas.
Esperamos que hayamos podido resolver tus dudas y quedamos a tu
disposición por si necesitas algún tipo de aclaración más al respecto o a
cualquier otro que nos solicites.
Muchas gracias por tu
confianza.
Entrevistas.
Martín Binimelis. Jefe de Servicio de Protección Civil de Calvía.
Hablamos con Martín Binimelis, Jefe de Servicico de Protección Civil de Calviá (Baleares) que nos habló y explicó como es un plan de playas y algunos consejos de autoprotección para asegurar un baño con garantias de seguridad.
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Martín Binimelis en un programa anterior, cuando visitó nuestro programa acompañado de Pedros Palacios, de Protección Civil de Málaga. |
Noticias Morata
- Durante la última semana, hemos apoyado en
Valdelaguna algunos de los actos organizados con motivo de sus Fiestas
Patronales, con algún incidente en los fuegos artificiales.
- El sábado se celebró el Rally de Arganda del Rey que
desarrollaba un tramo por nuestro término y hasta Valdelaguna, que se
desarrolló sin incidentes.
- Ayer tarde se impartió un curso básico de primeros
auxilios a los alumnos y alumnas del Taller de Manualidades de nuestra
localidad.
- El próximo sábado se celebra en nuestra localidad el
certamen de Bandas del Tajuña.
Noticias Breves
Un avión de la
compañía Air-Europa que hacia trayecto Barcelona-Tenerife, aterrizó el pasado día
10 en el aeropuerto de Lanzarote debido a un problema con uno de los motores.
Entre
los incendios forestales registrados en la pasada semana, hay que destacar el
ocurrido en la ciudad autónoma de Ceuta el pasado miércoles día 9.
Dos
personas murieron y otras 47 resultaron heridas, en la madrugada del pasado viernes
11 de julio tras el derrumbe de tres edificios en los que residían en la ciudad
marroquí de Casablanca.
La
Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales (AEAFMA), realizó
un manifiesto también el viernes día 11 su preocupación por la ausencia de
estos profesionales en los protocolos sistemáticos de emergencias de Protección
Civil a través del 112 en buena parte de las Comunidades Autónomas.
Un camión que
transportaba azúcar se incendio el pasado jueves día 10 a la altura del km 75
de la M50, sin que el conductor resultara herido.
La Diputación de Cáceres se personará
como parte afectada en la causas sobre incendios forestales en los que haya
prestado servicio el Servicio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios
(Sepei).
Hoy por
la mañana, en el aparcamiento del recinto ferial de Prado Grande, ha tenido lugar
la “Feria de la Emergencia”, en el marco de las celebraciones por el vigésimo
Aniversario de la creación del servicio de Protección Civil de Torrelodones
Metro Bilbao
ha suscrito un contrato con una empresa especializada del sector sanitario para
la adquisición de varios Desfibriladores Externos Automáticos (DEA).
Siete
personas, seis miembros de un grupo de musical y el responsable de la comisión
de fiestas de A Lama (Pontevedra), resultaron heridos al estallar un ramillete
de bombas de palenque que se transportaban en un camión durante una procesión dedicada
a San Cristóbal en Ponte Caldelas.
Un hombre de 52 años falleció la
madrugada del domingo día 13 de julio en Illano (Asturias) al caer al río
mientras participaba en las labores de extinción de un incendio.
Una
niña de 3 AÑOS se encuentra en estado grave tras sufrir un ahogamiento, el
pasado domingo día 13, en una piscina del Parque Marítimo de Santa Cruz de
Tenerife.
Hoy se ha
producido un grave accidente en el metro de Moscú, con al menos 22 muertos y
más de 160 heridos al descarrilar tres vagones
Autoprotección e Imprudencio Arries Gando.
Hoy con Imprudencio vimos medidas para protegerse de quemaduras en la piel al tomar el sol en las zonas de baño.
Enlace del Programa: