domingo, 20 de julio de 2014

Hora Naranja nº 22. 16 de julio de 2014

Equipo del Programa

Control

Francisco Ortega

Estudio

Verónica García Gutiérrez, Alfonso García y Antonio Anguas, que se estrenó como locutor en nuestro programa.

Noticias

Destacada.

  • La Comunidad presenta en el pantano de Valmayor un avión anfibio para luchar contra los incendios forestales.
Un momento de la presentación del avión anfibio contratrdo por la Comunidad de Madrid en un simulacro en el pantano de Valmayor.

Preguntas al programa:

Hace unas fechas, recibimos un email del compañero Miguel Ángel Álvarez, Presidente Coordinador de la Asociación de Voluntarios de Protección Civil del Valle del Ambroz, de Cáceres, en el que quería que intentaramos responder a esta pregunta: “¿Según multitud de estatutos dicen que el ámbito de actuación es el termino municipal al que pertenecen las agrupaciones.
Solo con permiso del Alcalde podrán salir para catástrofe, esto muy poquitas agrupaciones lo cumplen. ¿Podéis hablar un poco sobre este tema creo que para algunos voluntarios será de utilidad?"
Compañeros de la Asociación de Voluntarios Valle del Ambroz (Cáceres)

Nuestra Respuesta:

Literalmente respondimos de la siguiente forma:

"Como siempre, recordamos que lo que aquí vamos a decir es nuestra opinión, basada en una interpretación de la distinta normativa que puede y debe ser aplicable para estos casos, lo cual no es, a veces, nada fácil de sintetizar, pues como es el caso que nos ocupa hay que tener en cuenta no sólo la normativa relativa a Protección Civil que, paradójicamente, puede ser la de menor importancia en este tema, sino la relativa a las bases del régimen local, la relativa al Voluntariado Social y la relativa al derecho de Asociación.
En primer lugar la pregunta nos la plantea Miguel Ángel desde el seno de una Asociación de Voluntarios cuyo objeto de actuación es la Protección Civil.
Para empezar hay que distinguir entre lo que es una Asociación de Voluntarios y una Agrupación Local de Voluntarios.
 En el caso de una Asociación, entendemos que se trata de una entidad sin ánimo de lucro, de carácter privado que tiene, según hemos dicho, como objetivo el apoyo en tareas de prevención y emergencia propias de los riesgos de Protección Civil si así lo establecen sus estatutos y cuyo entorno de organización estaría vinculado a las normas de Derecho Civil correspondientes a los derechos de asociación.

Estructuralmente dependerá de la propia organización que marquen sus estatutos de constitución a través de los órganos que se establezcan por los mismos y que pueden ser revisados, actualizados o cambiados por la Asamblea General, órgano que debe existir en todo tipo de Asociación.
En el caso de una Agrupación Local, entendemos que es una entidad perteneciente a un Ayuntamiento que como Administración Local, está incluida dentro de las estructuras publicas de organización de la misma e informada por el Derecho Administrativo.
La Agrupación dependerá directamente del Alcalde o los órganos en los que delegue para tal fin (Concejalía, Funcionario Coordinador u órgano similar) y se organizará de acuerdo a su Reglamento (en el caso de que exista) y en su defecto por la normativa territorial (algunas Comunidades Autónomas han considerado oportuno tener reglamentada la organización de las Agrupaciones Locales) o la legislación de organización de las Administraciones locales.
Hay que comentar que respecto a los Voluntarios en uno y otro caso, la vinculación a las mismas además de los respectivos Estatutos (en el caso de Asociaciones) y Reglamentos (en el caso de Agrupaciones), su régimen jurídico personal está protegido por la legislación referente al Voluntariado Social que existe a nivel nacional y que puede existir en cada Comunidad Autónoma (en la nuestra sí existe, desconocemos si en Extremadura hay una ley del voluntariado).
Por lo que en lo referente a los derechos y obligaciones del Voluntario tanto en una Asociación, como en una Agrupación, han de estar reflejados los correspondientes a cualquier otro tipo de Voluntario Social.
¿Cómo pueden participar o participan una y otra en los planes y organización de protección civil?
Recordemos que la protección civil está considerada un servicio público y, por lo tanto, corresponde a las Administraciones públicas su organización, integradas de acuerdo a los distintos niveles de responsabilidad que marcan los diferentes planes públicos de protección civil, ya sean de carácter territorial o de carácter especial.
Por tanto la participación en la gestión ya sea en planificación o en operatividad, de protección civil de las asociaciones, en cuanto entidades privadas, han de estar circunscritas a aquellas situaciones en que la correspondiente administración las autorice y/o solicite.
Mientras que la participación de las agrupaciones en la misma, se desarrolla dentro de la propia dinámica de gestión de protección civil asignada por las funciones y competencias que la propia entidad local les haya dado, como un órgano y cuerpo más de la organización administrativa, eso sí, servidas por Voluntarios en el caso de una Agrupación local de Voluntarios, normalmente dentro del servicio de Protección Civil y/o Seguridad Pública correspondiente.
Ahora bien, el ámbito geográfico de actuación de una y otra también pueden diferir, en el caso de la Asociación, serán sus propios estatutos los que enmarquen el ámbito geográfico de actuación, que puede ser local, regional, estatal o, incluso, internacional.
En el caso de una Agrupación local será el ámbito del propio término municipal del Ayuntamiento que se trate, salvo que sea una Agrupación de Ayuntamientos mancomunados.
¿Quiere esto decir que las Agrupaciones locales no pueden realizar tareas de Protección Civil fuera de su término municipal?
Esto no es así exactamente, aquí hay que aplicar el principio constitucional de autonomía del que gozan las Entidades Locales para la gestión de sus intereses, entre los que se incluye de forma inequívoca la protección civil.
En aplicación de este principio, los Ayuntamientos son dueños, dentro del nivel de emergencia que se establezca en los distintos planes, que según la Norma Básica de Protección Civil, siempre que se trate de una emergencia local de organizar sus medios y recursos de la forma que estimen conveniente y de acuerdo a las exigencias de integración en otros planes superiores.
¿Esto quiere decir que los Ayuntamientos tienen que utilizar en exclusiva sus medios y recursos para dar respuesta a emergencias y eventos que se encuentren dentro del ámbito de su dirección?
Evidentemente no, aunque los Ayuntamientos se encuentren responsabilizados de la dirección de una emergencia, pueden recabar apoyo de otras entidades, tanto públicas como privadas para la gestión de sus intereses y de acuerdo a los regímenes  de colaboración y contratación posibles dentro de la legislación vigente.
Y dentro de este tipo de colaboraciones se encuentra perfectamente definido en la Ley del régimen de funcionamiento de las administraciones públicas la de colaboración y apoyo de unas administraciones con y en otras, por lo que cabe perfectamente que un Alcalde, como presidente de la Entidad Local, pueda recabar apoyo de otro Ayuntamiento distinto al suyo en el régimen de colaboración que se establezca.
Es decir, cualquier Agrupación puede, siempre que sea solicitada por un Ayuntamiento, realizar tareas de apoyo en dicha localidad, con la correspondiente autorización de su Alcalde o Jefe correspondiente si está autorizado para ello, lo que suele ser, en la práctica la forma más común para agilizar el funcionamiento.
Y lo mismo decimos para el caso de una Asociación.
Son los directores de los planes, (Ayuntamiento, Comunidad Autónoma o Estado), en cada caso, los que pueden recabar el apoyo de una entidad privada para la gestión de sus intereses, entre los que se encuentra la protección civil con las entidades que estimen oportuno en el régimen de colaboración o contratación que consideren siempre que sea de acuerdo a derecho.
En uno y otro caso, lo que ocurrirá es que la Agrupación o Asociación que se trate, se integrará en los servicios de protección civil y emergencias correspondientes y estarán a las órdenes del oportuno Alcalde o los Jefes correspondientes en los que éste delegue los distintos cometidos para la gestión del evento o emergencia.
Por lo tanto concluimos que es perfectamente lícito y está absolutamente formalizada la colaboración de una Agrupación local en la gestión de los riesgos y emergencias de otra localidad, sin otro requisito que la solicitud de la entidad que se beneficia del apoyo y de la autorización de las Autoridades locales de quienes dependen.
Es más, nosotros apoyamos y colaboramos con multitud de Ayuntamientos de nuestra Comunidad y de otras comunidades, cuando somos requeridos por el Alcalde correspondiente o por una entidad en particular, como sucede con instituciones oficiales, como puede ser la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, hoy cerrada, o la Escuela Nacional de Protección Civil, para el desarrollo de distintos cursos de formación, cuando somos solicitados y podemos aportar nuestro granito de arena.
En cuanto a las formas pueden ser variadas y siempre de acuerdo a las normas de colaboración establecidas.
La más común es la solicitud particular para los distintos eventos, ya sea mediante fax o correo electrónico dirigido al Alcalde, Concejal Delegado o Jefe de Servicio (siempre de acuerdo a la organización particular de cada Ayuntamiento) por su homónimo de la localidad que solicita la ayuda.
También puede ser formalizada la ayuda mediante la firma de un Convenio de Colaboración entre las entidades afectadas.
Esperamos que hayamos podido resolver tus dudas y quedamos a tu disposición por si necesitas algún tipo de aclaración más al respecto o a cualquier otro que nos solicites.
Muchas gracias por tu confianza.

Entrevistas.

Martín Binimelis. Jefe de Servicio de Protección Civil de Calvía.

Hablamos con Martín Binimelis, Jefe de Servicico de Protección Civil de Calviá (Baleares) que nos habló y explicó como es un plan de playas y algunos consejos de autoprotección para asegurar un baño con garantias de seguridad.


Martín Binimelis en un programa anterior, cuando visitó nuestro programa acompañado de Pedros Palacios, de Protección Civil de Málaga.

Noticias Morata

  • Durante la última semana, hemos apoyado en Valdelaguna algunos de los actos organizados con motivo de sus Fiestas Patronales, con algún incidente en los fuegos artificiales.
  • El sábado se celebró el Rally de Arganda del Rey que desarrollaba un tramo por nuestro término y hasta Valdelaguna, que se desarrolló sin incidentes.
  • Ayer tarde se impartió un curso básico de primeros auxilios a los alumnos y alumnas del Taller de Manualidades de nuestra localidad.
  • El próximo sábado se celebra en nuestra localidad el certamen de Bandas del Tajuña.

Noticias Breves

  • Un avión de la compañía Air-Europa que hacia trayecto Barcelona-Tenerife, aterrizó el pasado día 10 en el aeropuerto de Lanzarote debido a un problema con uno de los motores.
  • Entre los incendios forestales registrados en la pasada semana, hay que destacar el ocurrido en la ciudad autónoma de Ceuta el pasado miércoles día 9.
  • Dos personas murieron y otras 47 resultaron heridas, en la madrugada del pasado viernes 11 de julio tras el derrumbe de tres edificios en los que residían en la ciudad marroquí de Casablanca.
  • La Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales (AEAFMA), realizó un manifiesto también el viernes día 11 su preocupación por la ausencia de estos profesionales en los protocolos sistemáticos de emergencias de Protección Civil a través del 112 en buena parte de las Comunidades Autónomas.
  • Un camión que transportaba azúcar se incendio el pasado jueves día 10 a la altura del km 75 de la M50, sin que el conductor resultara herido. 
  • La Diputación de Cáceres se personará como parte afectada en la causas sobre incendios forestales en los que haya prestado servicio el Servicio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios (Sepei). 
  • Hoy por la mañana, en el aparcamiento del recinto ferial de Prado Grande, ha tenido lugar la “Feria de la Emergencia”, en el marco de las celebraciones por el vigésimo Aniversario de la creación del servicio de Protección Civil de Torrelodones
  • Metro Bilbao ha suscrito un contrato con una empresa especializada del sector sanitario para la adquisición de varios Desfibriladores Externos Automáticos (DEA).
  • Siete personas, seis miembros de un grupo de musical y el responsable de la comisión de fiestas de A Lama (Pontevedra), resultaron heridos al estallar un ramillete de bombas de palenque que se transportaban en un camión durante una procesión dedicada a San Cristóbal en Ponte Caldelas.
  • Un hombre de 52 años falleció la madrugada del domingo día 13 de julio en Illano (Asturias) al caer al río mientras participaba en las labores de extinción de un incendio.
  • Una niña de 3 AÑOS se encuentra en estado grave tras sufrir un ahogamiento, el pasado domingo día 13, en una piscina del Parque Marítimo de Santa Cruz de Tenerife.
  • Hoy se ha producido un grave accidente en el metro de Moscú, con al menos 22 muertos y más de 160 heridos al descarrilar tres vagones
Autoprotección e Imprudencio Arries Gando.

Hoy con Imprudencio vimos medidas para protegerse de quemaduras en la piel al tomar el sol en las zonas de baño.

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PROTECCIÓN CIVIL DE MORATA DE TAJUÑA